En el país hay 1.201 condenados por crímenes de lesa humanidad
A 19 años del reinicio de los juicios por delitos cometidos durante la última dictadura militar, la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad actualizó las estadísticas sobre el desarrollo de estas causas en todo el país. Según los últimos datos disponibles, desde 2006 hasta hoy se han dictado 343 sentencias, en las que fueron condenadas 1.201 personas por crímenes de lesa humanidad y 209 resultaron absueltas.
Este relevamiento coincide con un aniversario clave en la historia judicial argentina: el vigésimo del fallo “Simón”, dictado por la Corte Suprema de Justicia el 14 de junio de 2005, que declaró la inconstitucionalidad de las leyes de punto final (23.492) y obediencia debida (23.521). Esa decisión abrió las puertas a la reapertura de los procesos penales y fue el puntapié para el juzgamiento de cientos de responsables de violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado.
Actualmente, hay 14 juicios en curso, mientras que 66 causas ya están elevadas a debate oral y otras 258 se encuentran en etapa de instrucción. Además, hay 393 personas procesadas y otras 496 imputadas que aún no fueron indagadas formalmente. El informe también da cuenta de que 157 personas tienen falta de mérito y 118 fueron sobreseídas.
Respecto de la situación de los imputados, 612 se encuentran privados de la libertad. De ellos, 498 cumplen prisión domiciliaria y 114 están alojados en establecimientos carcelarios: 74 en la Unidad Penitenciaria N.º 34 de Campo de Mayo, 2 en dependencias de fuerzas de seguridad federales y 38 en otras unidades penitenciarias del sistema federal y provincial. Otras 484 personas permanecen en libertad y 33 están prófugas. Desde el inicio de los procesos, fallecieron 1.698 imputados.
El fallo “Simón”: un hito en la historia judicial argentina
El caso “Simón” —también conocido como “Poblete”— sentó un precedente clave en el derecho argentino al declarar que las leyes de punto final y obediencia debida eran contrarias a la Constitución y al derecho internacional de los derechos humanos. La causa investigaba la privación ilegítima de la libertad y los tormentos sufridos por José Poblete y Gertrudis Hlaczik en 1978, así como la apropiación de su hija Claudia Victoria.
Los ex policías federales Julio Héctor Simón, alias “El Turco Julián”, y Juan Antonio Del Cerro, alias “Colores”, fueron señalados como responsables. Simón fue el primero en recibir una condena tras la reapertura de los procesos: 25 años de prisión en 2006. Luego sumó otras sentencias, incluida una pena de prisión perpetua por su participación en crímenes cometidos en los centros clandestinos Atlético, Banco y Olimpo. Falleció en marzo de este año, detenido en Campo de Mayo. Del Cerro también murió mientras esperaba juicio oral.
El tribunal que dictó el fallo se encontraba en una encrucijada jurídica e institucional. Tras el Juicio a las Juntas de 1985, la presión militar llevó a la sanción de las leyes de amnistía que, durante casi dos décadas, bloquearon las investigaciones judiciales. Sin embargo, la presión de organismos internacionales, el fortalecimiento de las organizaciones de derechos humanos y las reformas constitucionales de 1994 —que incorporaron tratados internacionales con jerarquía constitucional— impulsaron un giro histórico.
En ese marco, el Congreso sancionó en 2003 la ley 25.779, que declaró “insanablemente nulas” las leyes de punto final y obediencia debida. Aunque esa ley permitió la reapertura de causas, su validez definitiva fue refrendada recién por la Corte Suprema en el caso “Simón”, en 2005.
Fundamentos jurídicos del fallo
En sus más de 250 páginas, la Corte explicó que los delitos investigados eran de carácter permanente, especialmente en el caso de la desaparición forzada de personas, cuyos efectos persisten mientras no se conozca el paradero de las víctimas. Asimismo, destacó que ya en la década del ’70 la desaparición forzada era condenada por el derecho internacional como un crimen contra la humanidad.
El fallo también enfatizó la responsabilidad del Estado en investigar, juzgar y sancionar estos delitos, y sostuvo que la impunidad resultante de las leyes de amnistía era incompatible con los compromisos internacionales asumidos por la Argentina.
A 20 años de esa sentencia histórica, los juicios por crímenes de lesa humanidad continúan su marcha en todo el país, consolidando un proceso de justicia que es ejemplo en el mundo y reafirmando el compromiso de la sociedad argentina con la memoria, la verdad y la justicia.