El Gobierno prorrogó hasta marzo de 2026 la baja de retenciones para el trigo y la cebada
Se oficializó la extensión de las alícuotas reducidas del 9,5% para ambos cultivos. La medida había sido anticipada por el ministro Luis Caputo y responde a un reclamo del sector agroexportador. En cambio, suben los derechos para la soja y el girasol.
A través del Decreto 439/2025, publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional formalizó la prórroga de las retenciones reducidas para las exportaciones de trigo y cebada. La medida, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo, extiende hasta el 31 de marzo de 2026 el esquema de alícuotas del 9,5% para ambos cultivos, en momentos en que su siembra se encuentra en plena ejecución.
La decisión, que había sido anticipada por Caputo en mayo, busca mantener un esquema impositivo favorable para los productores y exportadores de cultivos clave, bajo el argumento de “garantizar la eficacia en su exportación”, tal como expresa el texto oficial. La prórroga llega pocos días antes del vencimiento del Decreto 38/2025, que había fijado al 30 de junio como fecha límite para el régimen temporal de rebaja de derechos de exportación (DEX) para una serie de productos agropecuarios.
El decreto establece que el nuevo régimen regirá a partir del 1 de julio. En paralelo, se dispuso la vuelta a alícuotas más elevadas para otros cultivos: la soja, por ejemplo, pasará del 26% al 33%; el girasol, que había bajado al 5,5%, volverá al 7%; y la harina de trigo abonará una retención diferenciada del 5,5%, constituyéndose en una excepción dentro del nuevo esquema.
Para acceder a la alícuota reducida del 9,5%, los exportadores deberán liquidar al menos el 90% de las divisas correspondientes en un plazo de hasta 30 días hábiles desde la presentación de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE). Este nuevo plazo representa una mejora respecto de los 15 días que regían anteriormente, y responde a reclamos del sector exportador que había advertido sobre las dificultades financieras generadas por la exigencia anterior.
Según la normativa, los exportadores que no cumplan con ese plazo deberán tributar una alícuota superior, del 12%, lo que actúa como penalización. El objetivo es garantizar el ingreso de divisas en tiempo y forma en un contexto de restricciones cambiarias y necesidad de dólares para sostener la economía nacional.
El texto del decreto establece: “Prorrógase, hasta el 31 de marzo de 2026, inclusive, para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) que se consignan en el Anexo […] la aplicación de las alícuotas establecidas en el artículo 2° del Decreto N° 38 del 25 de enero de 2025”.
Además de los argumentos vinculados a la eficiencia exportadora, el Gobierno fundamentó la medida en la necesidad de “promover, proteger o conservar las actividades nacionales productivas de bienes o servicios”, así como también los “recursos naturales” y las especies animales y vegetales asociadas a las cadenas agroindustriales. El Ejecutivo también justificó la adopción de medidas complementarias para adaptar la normativa vigente, asegurando su correcta aplicación y la continuidad del flujo de exportaciones.
En el nuevo esquema impositivo también se incluye al maíz, que tributará una alícuota del 4,5%. Así, el Gobierno busca consolidar un régimen que incentive la producción de cultivos estratégicos, al tiempo que endurece el tratamiento fiscal para productos con mayor rentabilidad como la soja.
La prórroga de la baja de retenciones para el trigo y la cebada llega en un momento clave para el agro, con las decisiones de siembra en marcha y la necesidad de previsibilidad en un sector sensible para la generación de divisas. Con esta medida, el Ejecutivo intenta sostener el flujo exportador sin dejar de lado el objetivo fiscal, apuntalando además a los sectores más dinámicos del campo.